La Ley Habilitante es una figura contenida en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (artículo 203), y como bien lo indica su nombre, habilita o da "poderes especiales" al Presidente de la República, para dictar decretos con rango y fuerza de ley. Según lo establecido en la Carta Magna, la Ley Habilitante es una "facultad excepcional justificada por situaciones de crisis o especiales, que sirve para dictar regulaciones inmediatas".

No hay publicaciones.
No hay publicaciones.